El 17 de agosto de 2012, fue aprobada la Ley 184 de 2012 denominada, Ley para la Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipoteca de una Vivienda Principal.
La misma establece en los tribunales un mecanismo de referido a mediación obligatoria para que las entidades financieras orienten al deudor hipotecario de todas las alternativas disponibles en el mercado para las cuales este califique, de manera que pueda evitar la ejecución de hipoteca o la venta judicial de una propiedad residencial que constituya la vivienda principal del deudor hipotecario.
El proceso de mediación será un requisito jurisdiccional en las acciones sobre la ejecución de una hipoteca garantizada con una propiedad residencial. El incumplimiento de este requisito por parte del acreedor hipotecario impedirá que el tribunal dicte sentencia u ordene la celebración de la venta judicial.
El mediador no ofrecerá orientación legal ni financiera y mantendrá su imparcialidad a través de todo el proceso.
Un mediador promoverá que el acreedor hipotecario explique al deudor las alternativas disponibles para las que califique y que pudieran evitar la ejecución de hipoteca o venta judicial.
Si desea un mediador con experiencia en las Alternativas de Mitigación de Pérdidas, llámenos 1-855-717-2227 o al 787-722-8835. Puede obtener más información sobre el Proceso de Mediación Compulsoria en la sección de Educación.